¿NOS AFECTA LA ELIMINACIÓN DE EXENCIONES TRIBUTARIAS?
Hace un par de semanas, ya comentaba que “todo tiene un costo en la
vida”, y que prueba de ello estaba en la discusión en el Congreso por el
financiamiento la Pensión Garantizada Universal - PGU. Ahora esto ya es una realidad y el financiamiento
es a través de la Ley N° 21.420 que “REDUCE O ELIMINA EXENCIONES TRIBUTARIAS”.
El cuestionamiento que Ud. debe hacerse es: ¿ afecto o no directamente a
su bolsillo?. En la mayoría de las medidas puedo decir que, no se ve afectada
la clase media. Esta normativa se ha
enfocado en los sectores sociales con mayores recursos. Ahora, eso no asegura que los nuevos costos
tributarios, no sean traspasado vía precios de ventas de productos y servicios
a la ciudadanía en general.
Comentemos algunas de ellas. Las personas, no empresas, que obtengan ganancia
por la compra y venta de acciones con cotización bursátil, tendrá un impuesto
del 10%. Aquí se demuestra que hubo
negociación, ya que lo lógico era que, se afecte con el impuesto global
complementario que tiene tasas que llegan al 40% de impuesto.
Otro impuesto está enfocado al lujo, en donde los propietarios de aviones,
helicópteros y yates, que tengan un valor corriente en plazo superior a $79.000.000
y vehículos con un valor superior a $40.500.000, deberán pagar un impuesto del
2% sobre el valor corriente en plaza del bien.
Las tres exenciones eliminadas que nos pueden preocupar del total de
diez, son: la reducción y posterior eliminación del crédito de IVA a las
empresas constructoras, por el impacto que puede provocar en el aumento de
precio a las viviendas. La Cámara
Chilena de la Construcción ya había manifestado sus objeciones, a lo menos
desde septiembre del año pasado.
La segunda: el IVA de los servicios que, si bien es cierto, no afecta
los servicios médicos ambulatorios, y tampoco a quienes prestan servicios a
honorarios como persona o a través de sociedad de profesionales, producirá un
encarecimiento a particulares, empresas o instituciones que no recuperan el IVA,
por los servicios brindados por profesionales que facturaban exento.
Y por último, que los
seguros de vida pasan a ser parte de la masa hereditaria para aplicación del
impuesto a las herencias y donaciones. Aquí lo considero un desacierto, ya que no
solo las personas mas acomodadas toman seguros, sino que también lo hacen los
trabajadores y profesionales independientes, en donde la familia depende
principalmente de sus ingresos. Lo lamentable es la incorporación en el
artículo 54 de la Ley correspondiente
que dice “Las compañías de seguros no podrán pagar sumas debidas por
contratos de seguros de vida sin contar previamente con el comprobante de pago
del impuesto”, es decir, si no pagas el impuesto no te entregamos el
seguro.
Y atención: quedan 56 otras exenciones que se pueden eliminar
propuestas por la Comisión Briones. Mucho que conversar y consultar a un
contador. ¿Dónde los pueden encontrar?, en
www.contachmagallanes.cl.